VISTO
La preocupación expresada por
autoridades, docentes, graduados/as, estudiantes y no docentes de la comunidad
académica de nuestra Facultad ante el intento de represores involucrados en la
ejecución del genocidio de la última dictadura cívico-militar de introducirse a
la educación pública universitaria en contextos de encierro a través del
Programa UBAXXII, según fuera debatido en dos reuniones anteriores de este
Consejo Directivo, a partir de una nota presentada por la Liga Argentina por
los Derechos del Hombre.
Y CONSIDERANDO
Que la Universidad de Buenos Aires, así como
otras universidades nacionales, han estado intervenidas entre 1974 y 1983, y
que sus docentes, graduados/as, estudiantes y no docentes sufrieron de forma
sistemática persecución, secuestros, torturas, asesinatos y desapariciones,
como parte del plan de exterminio y disciplinamiento perpetrado contra el
pueblo argentino durante esos años. Que sólo en la Facultad de Filosofía y
Letras se cuentan 423 casos de asesinatos y desapariciones, teniendo en cuenta
las carreras de Sociología y Psicología, que funcionaban por entonces en esta
Casa de Estudios.
Que los juicios
llevados adelante con la política de Memoria, Verdad y Justicia ha permitido
terminar con la impunidad, procesar y condenar a una gran cantidad de
represores vinculados a los más aberrantes delitos cometidos en el marco del
genocidio de la última de la dictadura cívico-militar, quienes amparados en el
terrorismo de Estado, sumaron su responsabilidad individual en el secuestro, la
tortura, el asesinato, la desaparición y la apropiación de bebés y niños/as
apresados/as junto a sus familias o nacidos/as en cautiverio.
Que en sede
judicial se ha demostrado la responsabilidad de estos represores en la
planificación del genocidio. Que en sus declaraciones han sostenido y
justificado sus actos, afirmando que los repetirían si fuera necesario. Que se
han negado a entregar la información con la que cuentan sobre los asesinatos,
desapariciones y apropiaciones, conducta que extiende las consecuencias de sus
crímenes hasta el presente y los hace sujetos de un delito continuo.
Que tras años de
lucha del movimiento de derechos humanos, se está logrando el juicio y castigo
a los culpables, imponiendo penas en cárcel común. Que, pese a ello, los
procesados y condenados por estos crímenes gozan aún de privilegios producto
del reconocimiento jerárquico o la “solidaridad” de sus pares y la protección
de parte de la corporación judicial, las Fuerzas Armadas y el Servicio
Penitenciario Federal, que implican condiciones diferenciales de alojamiento y
traslado, como ha sido no sólo registrado en notas de investigación
periodísticas, sino también comprobado por docentes y estudiantes del Programa
UBAXXII.
Que represores detenidos en el Complejo Penitenciario
Federal II de Marcos Paz han irrumpido en las aulas de la Universidad en la
cárcel, sin estar inscriptos, hostigando, acosando y amenazando a docentes y
estudiantes del Programa UBAXXII.
Que estos y otros docentes y estudiantes del
Programa UBAXXII han hecho explícito su rechazo a compartir las aulas con los
represores, mediante declaraciones colectivas y notas individuales de objeción
de conciencia.
Que el Programa
UBAXXII, iniciado en los primeros momentos de regularización democrática de
nuestra Universidad, se propuso desde su nacimiento como un espacio de libertad
y formación en vínculo con las estrategias de resistencia y las luchas de las
personas privadas de su libertad, para garantizar el derecho a la educación
universitaria, fomentar el pensamiento crítico y combatir las formas de
disciplinamiento y represión en el encierro. Y que, en los hechos, ha permitido
el acceso a este derecho a personas que de otra manera no hubiesen podido
estudiar en la Universidad, dándoles una importante herramienta para mejorar
sus condiciones y ampliar el horizonte de sus proyectos de vida.
Que los
fundamentos y objetivos de las intervenciones de la Universidad, como el
Programa UBAXXII, no deben ser distorsionados mediante la utilización y
aprovechamiento de un grupo de personas que quiere obtener una modificación en
sus ya privilegiadas condiciones de encierro, violentando moralmente a docentes
y estudiantes, y banalizando la voluntad de transformación individual y
colectiva que dio origen a dicho programa.
Que los recursos
del conjunto de los/as argentinos/as, que la Universidad invierte, entre otras
cosas, en el Programa UBAXXII, no pueden ser objeto de manipulaciones, usos
indebidos y maniobras extorsivas en beneficio de personas que, con sus actos,
han demostrado (y siguen demostrando) estar en contra de la convivencia
democrática.
Que diversas instituciones públicas,
incluyendo la Cámara de Diputados de la Nación, han rechazado la incorporación
o permanencia de personas procesadas o condenadas por delitos de lesa humanidad
en su seno, ratificando la condena social que pesa sobre los perpetradores del
genocidio y el carácter excepcional de este tipo de delitos, que los hace
incomparables con cualquier otra transgresión de la ley penal.
Que el Estatuto Universitario propone en sus
Bases que la Universidad de Buenos Aires presta atención, estudia e interviene
con responsabilidad en los problemas nacionales.
Que el Capítulo V: “De las condiciones de
admisibilidad”, establece que “Las Facultades proponen al Consejo Superior, que
resuelve en definitiva, las condiciones de admisibilidad a sus aulas” (artículo
16).
Que el Capítulo IV: “De las Facultades”,
sostiene que corresponde a los consejos directivos velar por la aplicación del
Estatuto Universitario en el ámbito de cada Facultad y proponer las condiciones
de admisibilidad en sus aulas (artículo 113, incisos a y m).
Que el Consejo Directivo de la hermana
Facultad de Ciencias Sociales resolvió declarar su repudio y rechazar la
admisión como estudiantes a procesados y condenados por delitos de lesa
humanidad.
Que distintos organismos de derechos humanos
han manifestado a nuestra Facultad su preocupación por el tema y apoyan la
decisión de impedir que represores procesados o condenados por delitos de lesa
humanidad ingresen a la universidad pública. Entre ellos: Liga Argentina por
los Derechos del Hombre (LADH), Servicio de Paz y Justicia Comisión Zona Norte
(SERPAJ), Secretaria de DD.HH. de la CTA Capital, Instituto de
Relaciones Ecuménicas (IRE), Movimiento Ecuménico por los Derechos Humanos
(MEDH), Madres de Plaza de Mayo Línea Fundadora, Asamblea Permanente por los
Derechos Humanos (APDH).
EL
CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE FILOSOFÍA Y LETRAS RESUELVE
ARTÍCULO 1º.- Rechazar de
manera categórica la admisión como estudiantes de esta Facultad a personas
procesadas o condenadas por delitos de lesa humanidad.
ARTÍCULO 2º.- Proponer al
Consejo Superior la creación de una comisión especial, con la participación de
representantes de las unidades académicas que integran el Programa UBAXXII, de
todos los claustros de la Universidad de Buenos Aires y de organismos de
derechos humanos, con el fin de definir el rechazo institucional a la admisión
de procesados y condenados por delitos de lesa humanidad en la comunidad
universitaria.
ARTÍCULO 3º.- Expresar
nuestra solidaridad con los/as docentes y estudiantes del Programa UBAXXII que
han sufrido el hostigamiento, el acoso y las amenazas de represores detenidos
en cárceles comunes.
ARTÍCULO 4º.-
Regístrese, comuníquese al Consejo Superior de la Universidad de Buenos Aires,
publíquese el contenido de la presente resolución en cartelera, en el campus
virtual y como gacetilla de prensa, y cumplido, elévese a la Universidad de
Buenos Aires.